Coronel Díaz Av. 1700 |ALT2223
Principal
Precio: | $ 700.000 |
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Operacion: | Alquiler |
Tipo: | Semipiso |
Barrio: | Alto Palermo |
Antigüedad: | 50 años |
Baños: | 1 |
Ambientes: | 3 |
Dormitorios: | 2 |
Estado: | Muy Bueno |
Orientación: | Este |
Disposición: | Frente |
Sup. Propia: | 70,00 m2 |
Sup. Cubierta: | 68,00 m2 |
Sup. Balcón: | 2,00 m2 |
Edificio de una antigüedad de 50 años, de 7 pisos, 2 departamentos por piso, 1 ascensor, encargado con vivienda en P.B. Semipiso con hall de entrada a un amplio Living comedor a balcón al frente. Toilette de recepción. Dos dormitorios con ventana y placard al contrafrente, Baño completo.Cocina con alacenas sobre y bajo mesada, cocina a gas. Lavadero independiente. Pisos de parquet en living y dormitorios, cemento alisado en baños y cocina. Expensas $270.000. ABL $10.000 (Octubre 2024) El edificio no cuenta con accesibilidad para personas con movilidad reducida -Ley 5115. Claudio J. García Alvarenga. Matrícula N°3738 CUCICBA. LEY 5859 – ART. 5 “Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler devivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”
Caracteristica
- Balcón
Detalle
- Baños: 1
- Cantidad Pisos: 7
- Cocina: 1
- Deptos. por Piso: 2
- Dormitorio: 3.20 x 3.20
- Dormitorio: 3 x 3
- Entrada: Principal
- Expensas: 270000 (10/24)
- Hall: 1 x1
- Lavadero: Independiente
- Living: Living Comedor 4x 4
- Toilette: 1
Mapa
Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666). Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.